Software Verifactu

Software Verifactu: qué es y cómo cumplir la normativa de facturación en España

Software Verifactu es, en realidad, el nombre con el que muchas empresas se refieren al nuevo marco legal y técnico que regula cómo deben comportarse los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) en España para garantizar que cada factura sea íntegra, trazable, legible e inalterable. No hablamos de un programa concreto, sino de un conjunto de exigencias aprobadas por el Real Decreto 1007/2023 y desarrolladas por la Orden HAC/1177/2024, con plazos y ajustes introducidos por el Real Decreto 254/2025. Este marco permite dos formas válidas de cumplimiento: una en la que el sistema remite los registros de facturación en línea a la AEAT (modalidad VERI*FACTU) y otra en la que no se remiten en línea pero se conservan con garantías técnicas y posibilidad de entrega cuando se requiera (modalidad no VERI*FACTU). En ambos casos, se exige la incorporación de un código QR y medidas de seguridad como el encadenado criptográfico (hash) de los registros.

Por qué se habla tanto de “Software Verifactu” y qué implica para tu negocio

El foco está en evitar manipulaciones posteriores de la facturación y mejorar la trazabilidad ante la Administración tributaria. El registro de facturación es la pieza clave: un resumen estructurado de la operación con campos mínimos (identificación, importes, tipos de factura, etc.) y elementos de seguridad que garantizan su inalterabilidad. Ese registro no sustituye a la factura (que puede seguir siendo en papel o electrónica) ni equivale al envío de la factura completa a la AEAT. Cuando eliges la modalidad VERI*FACTU, el envío a la AEAT se hace en el momento de la expedición, y después puedes consultar lo remitido; si eliges la modalidad no VERI*FACTU, conservas los registros con firma y un registro de eventos, y debes poder exportarlos en el formato que especifica la Orden si te lo piden. En todos los escenarios, el QR en la factura es obligatorio desde que te alcance la norma.

Además de detallar el contenido y la estructura de esos registros (formatos, metadatos y reglas de anulación/rectificación), la Orden HAC/1177/2024 introduce la noción práctica de interoperabilidad y procedimientos de exportación/transmisión para inspecciones o verificaciones, así como la obligación de incorporar la leyenda correspondiente cuando la factura sea verificable. El reglamento también prevé una aplicación gratuita de la AEAT para casos simples, útil para operadores con bajo volumen que no necesitan un SIF completo.

Fechas, colectivos y relación con otras obligaciones

El calendario ha quedado fijado por el Real Decreto 254/2025, que amplió plazos respecto a lo previsto inicialmente. En términos prácticos:

  • Las entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades deben estar adaptadas el 1 de enero de 2026.
  • El resto de obligados (pymes y autónomos que deban emitir factura) deben adaptarse el 1 de julio de 2026.

Mientras, los productores y comercializadores de software dispusieron de un periodo específico desde la Orden de 2024 para publicar versiones conformes y la AEAT habilitó la recepción de registros. Estas fechas conviven con otras piezas del puzzle regulatorio (por ejemplo, la Ley Crea y Crece para B2B), pero es importante no confundir ámbitos: Veri*Factu regula cómo debe comportarse el SIF (con o sin remisión en línea), no obliga en todos los casos a remitir cada factura si optas por la modalidad no VERI*FACTU.

Remoted Help y la vía de cumplimiento con Factusol

En Remoted Help acompañamos a pymes y autónomos en la implantación de soluciones compatibles con el marco Veri*Factu. Una de ellas es Factusol (Software DELSOL), del que somos distribuidores e implantadores. El fabricante comunica adaptación a Veri*Factu e incorpora funcionalidades alineadas con la normativa: generación de registros inalterables, QR en las facturas, envío a la AEAT en tiempo real cuando se activa la modalidad correspondiente, consulta del estado de envíos y mecanismos de corrección con trazabilidad. Más allá de las funciones, el valor está en disponer de un roadmap y soporte que siguen la evolución normativa y técnica. 

Nuestro trabajo cubre el ciclo completo: diagnóstico de procesos (series y numeraciones, flujos de rectificativas, circuitos TPV/web/ERP/contabilidad), parametrización inicial (QR, plantillas, certificados cuando apliquen, registro de eventos), formación operativa, pruebas de envío o exportación según modalidad y mantenimiento posterior para asegurar que las actualizaciones del software y los cambios normativos se reflejen en el día a día.

Tres claves técnicas

  • Integridad y trazabilidad: cada registro se encadena criptográficamente con el anterior (hash), creando una cadena cronológica sin huecos; en no VERI*FACTU, además se firma y se mantiene un registro de eventos.
  • QR y leyendas: el código QR en factura es obligatorio en las fechas de aplicación para tu colectivo y permite verificar la factura; la leyenda asociada se regula en la Orden. 
  • Remisión vs. conservación: VERI*FACTU implica enviar el registro a la AEAT en el momento de expedir; no VERI*FACTU implica conservar y exportar/transmitir a requerimiento, en formatos y campos estandarizados. 

Cómo elegir modalidad y preparar la implantación

La decisión entre VERI*FACTU y no VERI*FACTU debe apoyarse en tu realidad operativa: volumen de facturas, conectividad garantizada, integración con otros sistemas (tienda online, TPV, contabilidad), perfil de clientes y procesos internos de control. Empresas con un alto volumen, necesidad de conciliación rápida y equipos habituados a integraciones pueden optar por remisión en línea; otras, con escenarios más sencillos o infraestructuras limitadas, pueden preferir conservación y exportación. Ambas opciones cumplen, y puedes cambiar en el tiempo si evolucionan tus necesidades.

Una implantación correcta empieza por auditar series y numeraciones, definir circuitos para rectificativas y abonos, y revisar si existen puntos donde históricamente se producen incidencias (por ejemplo, facturación desde sedes distintas o con varias cajas). Con Factusol, la parametrización de series y la plantilla de factura con QR es directa, y el módulo de envío/consulta a AEAT te permite pilotar con un subconjunto de operaciones antes de dar el salto completo. El objetivo es no romper la cadena de registros: cada anulación y corrección debe quedar registrada con su huella y su enlace al registro original.

Qué se envía realmente a la AEAT (y qué no)

Conviene insistir: la AEAT no exige que envíes la factura completa si eliges VERI*FACTU; lo que se remite es el registro de facturación con el contenido mínimo y los campos de seguridad definidos por la Orden. Esto incluye identificadores, importes, metadatos del tipo de factura y los elementos necesarios para la verificación y el encadenado. Si no estás en VERI*FACTU, debes conservar los registros conforme a las especificaciones y estar en condiciones de exportarlos cuando se te requiera, sin pérdida de integridad ni trazabilidad.

Calendario y convivencia con otras normas

El 1 de enero de 2026 marca el arranque para sociedades; el 1 de julio de 2026, para el resto de obligados. En paralelo, sigue avanzando la factura electrónica B2B de Ley Crea y Crece, pero su cronograma y alcance no deben confundirse con el marco Veri*Factu. Muchas organizaciones convivirán con ambos frentes: por un lado, garantizar el comportamiento del SIF según el Reglamento (con o sin remisión en línea), y por otro, atender los requisitos B2B cuando apliquen. Por eso es crucial mapear procesos y adaptar documentos y sistemas con una visión integral, no a golpes de urgencia.

Qué aporta Remoted Help en este proceso

Nuestro enfoque combina consultoría funcional, parametrización técnica y acompañamiento operativo. Si buscas un equipo cercano en software de contabilidad y facturación en Málaga, te ayudamos a dejar listas las series, los layouts con QR, los permisos y la conexión para remitir en VERI*FACTU cuando proceda, incluyendo la puesta a punto de Factusol .También documentamos un manual de actuación para que el equipo resuelva con confianza situaciones habituales: duplicidades detectadas, necesidad de rectificar, devolución de ventas o emisión de facturas simplificadas. El objetivo no es cumplir “de mínimos”, sino blindar la trazabilidad para inspecciones y auditorías y ganar eficiencia en cierres y conciliaciones.

La conservación y legibilidad de los registros a lo largo del tiempo es otra pieza que cuidamos. El Reglamento y la Orden obligan a preservar la información en condiciones que permitan verificar la integridad y reconstruir la cadena de operaciones. Eso exige políticas de copias, gobierno del registro de eventos y procedimientos de exportación que se puedan ejecutar sin fricciones. En la práctica, reducimos la dependencia de “héroes técnicos” y dejamos un camino reproducible para la empresa.